En el principio fue el privilegio
El denominado “principio de ordinalidad” que ERC ha pactado con el Gobierno no constituye un principio general de justicia fiscal, sino un privilegio territorial negociado políticamente en beneficio de Cataluña. Un principio, para serlo, debe cumplir al menos tres condiciones: universalidad, neutralidad y aplicación objetiva. La ordinalidad pactada no cumple ninguna de ellas. No es universal, no se plantea como una regla común para todas las comunidades autónomas, sino como una exigencia específica de Cataluña dentro de una negociación bilateral. No se ofrece al conjunto del sistema ni se somete a un debate multilateral en el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Un principio que solo se garantiza a quien tiene capacidad de presión parlamentaria deja de ser principio y se convierte en trato de favor que limita la redistribución, que es la razón de ser del sistema. Entre otras funciones, y sobre todo desde la óptica de la izquierda, la financiación autonómica existe para corregir des...








